Fin de la publicación en el sitio externo : 12/04/2024 12:00
Servicio : 00-Parlamento Europeo
Referencia : COMPETITION PE/AD/301/2024 (AD 6)
Guía para los candidatos : Descargar guía para los candidatos

CONCURSO PE/AD/301/2024 

Administradores de nacionalidad neerlandesa (AD 6) 

 

Antes de presentar la candidatura debe leer atentamente la Guía destinada a las personas candidatas, adjunta a la presente convocatoria de concurso. Esta guía, que forma parte integrante de la convocatoria de concurso, le ayudará a comprender las normas que regulan los concursos y los procedimientos de selección, así como las modalidades de inscripción.

 

ÍNDICE

 

A.               NATURALEZA DE LAS FUNCIONES Y CONDICIONES DE ADMISIÓN 

B.               PROCEDIMIENTO

C.               PRESENTACIÓN DE LAS CANDIDATURAS

ANEXO:      GUÍA DESTINADA A LAS PERSONAS CANDIDATAS A CONCURSOS GENERALES / PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN ORGANIZADOS POR EL PARLAMENTO EUROPEO

                         

A. NATURALEZA DE LAS FUNCIONES Y CONDICIONES DE ADMISIÓN

 

1.       Observaciones generales

El Parlamento Europeo ha decidido organizar un concurso general (grado AD 6) con el fin de elaborar una lista de aptitud desde la que pueda contratar a nacionales del Reino de los Países Bajos.  

El perfil deseado es el de un/a administrador/a para la Secretaría del Parlamento Europeo y se pretende obtener una lista de 90 personas candidatas aptas.

El presente concurso se organiza sobre la base del artículo 29, apartado 1, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Estatuto») y sobre la base de la Decisión de la Mesa del Parlamento Europeo, de 21 de noviembre de 2022, por la que se aplica el artículo 27 del Estatuto mediante la adopción de disposiciones generales de aplicación (en lo sucesivo, «Decisión de la Mesa»), disponible en https://circabc.europa.eu/ui/group/47001db4-d61c-4677-af45-0b5ce0d388fc/library/55a654c7-f358-44cb-b527-a2baa4dd5e71/details).

 

Según el artículo 27 del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea, «[l]a provisión de plazas tendrá como objetivo garantizar a la institución los servicios de funcionarios que posean las más altas cualidades de competencia, rendimiento e integridad, seleccionados según una base geográfica lo más amplia posible entre los nacionales de los Estados miembros de la Unión. Ningún puesto de trabajo podrá estar reservado a nacionales de un Estado miembro determinado». La contratación de personal del Parlamento Europeo sobre una base geográfica lo más amplia posible es una preocupación constante de la institución de cara a garantizar una función pública de la UE basada en una rica diversidad cultural y lingüística. El carácter plural del Parlamento es una parte importante de la imagen y la misión de la institución. Una cohorte geográficamente equilibrada de miembros del personal permite al Parlamento aprovechar plenamente la diversidad de la Unión Europea. 

Sin embargo, en la Secretaría General del Parlamento existen desequilibrios significativos entre las nacionalidades de los funcionarios que no están justificados por criterios objetivos. Para abordar estos desequilibrios, la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) y otras instituciones de la UE, así como las autoridades de los Estados miembros, han estudiado diversas estrategias de comunicación y divulgación. Lamentablemente, estas iniciativas no han dado los resultados deseados, especialmente en términos de atracción de más personas candidatas de los Estados miembros infrarrepresentados. 

De conformidad con el artículo 27 del Estatuto, el principio de igualdad de los ciudadanos de la Unión permite a cada institución adoptar medidas apropiadas tras la observación de un desequilibrio significativo entre las nacionalidades de los funcionarios que no esté justificado por criterios objetivos.

La aprobación, el 21 de noviembre de 2022, por la Mesa del Parlamento de las disposiciones generales de aplicación del artículo 27 del Estatuto permite al Parlamento adoptar medidas adecuadas para hacer frente a cualquier desequilibrio significativo entre las nacionalidades de sus funcionarios. Con arreglo a estas disposiciones, si la Mesa observa un desequilibrio significativo en la composición de los funcionarios de una o varias nacionalidades, el secretario general podrá organizar concursos reservados a las personas candidatas que posean esas nacionalidades infrarrepresentadas. De este modo, se aumentará la reserva de personas candidatas aptas procedentes de esos países, y el Parlamento estará en condiciones de contratar con el mayor equilibrio geográfico posible.

El Reino de los Países Bajos es uno de los Estados miembros cuyos nacionales están más significativamente infrarrepresentados entre los funcionarios de la Secretaría General del Parlamento. Además, la estructura de edad de la cohorte de los funcionarios nacionales neerlandeses indica que un número importante se jubilará en los próximos años, lo que agravará aún más el nivel de infrarrepresentación.

Cabe señalar que el Parlamento respeta estrictamente el principio según el cual las contrataciones se basan en el mérito. Ningún puesto de trabajo podrá estar reservado a nacionales de un Estado miembro determinado y la lista de aptitud resultante de este concurso estará en pie de igualdad con todas las demás listas de aptitud del Parlamento y de la EPSO.

 

La gran mayoría de los puestos del Parlamento Europeo se ubican en Bruselas, Luxemburgo y Estrasburgo (los principales lugares de trabajo del Parlamento), de acuerdo con las necesidades de los servicios del Parlamento. Las funciones podrán conllevar desplazamientos entre los lugares de trabajo del Parlamento. 

La contratación se efectuará en el grado AD 6, primer escalón, cuyo sueldo base es de 6 231,42 euros mensuales. El sueldo estará sujeto al impuesto de la Unión y a las demás retenciones contempladas en el Estatuto. La retribución estará exenta del pago de impuestos nacionales. El escalón en que se contrate a las personas candidatas aptas podrá adaptarse en función de su experiencia profesional. Además, al sueldo base se podrán añadir, en determinadas condiciones, las indemnizaciones correspondientes.

El Parlamento Europeo practica una política de igualdad de oportunidades y acoge con satisfacción las candidaturas sin discriminación por razón de género, etnia, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad, orientación sexual, estado civil o situación familiar.

 

2.       Naturaleza de las funciones

Los administradores de la Secretaría General del Parlamento Europeo trabajan en una amplia gama de ámbitos. Llevan a cabo tareas de gestión, planificación e investigación, que podrán incluir, en función del servicio de la Secretaría al que esté destinada la persona candidata apta, una o varias de las siguientes actividades:

(a)          En el ámbito de la prestación de asesoramiento y apoyo a los diputados al Parlamento Europeo y a los órganos parlamentarios:

               elaborar previsiones de trabajo a corto, medio y largo plazo para los órganos parlamentarios y gestionar dicho trabajo;

               abordar las cuestiones que surjan en un órgano parlamentario y contribuir, mediante informes, análisis e investigación especializada, a la redacción y el establecimiento de las posiciones del Parlamento Europeo;

               establecer redes de contactos, en particular entre los diputados al Parlamento Europeo y otras instituciones u organismos de la Unión y los círculos económicos y sociales de los Estados miembros;

               ayudar a organizar actos fuera de la sede (conferencias, seminarios, etc.) y hablar en público.

(b)         En el ámbito de la gestión de recursos:

               contribuir a la gestión del personal del Parlamento, en particular mediante la evaluación de las necesidades de personal, la elaboración de descripciones de los puestos de trabajo, el diseño, la gestión y el seguimiento de programas de formación, la aplicación y el cumplimiento del Estatuto, la supervisión o coordinación de proyectos específicos y el enlace con los servicios participantes o con los servicios correspondientes a nivel interinstitucional;

               contribuir a la gestión de los recursos financieros del Parlamento, por ejemplo, contribuyendo a la elaboración de las previsiones presupuestarias, supervisando, coordinando y controlando la gestión presupuestaria y de los contratos, estableciendo y llevando a cabo controles financieros internos y garantizando que los canales y procedimientos financieros sean coherentes con el Reglamento Financiero de la UE y las normas de desarrollo pertinentes. 

(c)          En el ámbito del Derecho: 

               realizar un seguimiento de la evolución de la jurisprudencia de los tribunales de la Unión Europea e informar a los servicios de la Secretaría;

               realizar un seguimiento de las principales cuestiones políticas a la luz de su impacto jurídico;

               redactar estudios, notas y resúmenes;

               analizar, concebir y preparar proyectos de normas en su ámbito de responsabilidad y sobre todos los temas relacionados con la gestión del servicio a petición de la alta dirección;

               estudiar y supervisar las normas y la jurisprudencia, informar y asesorar a la dirección y a los servicios sobre la evolución de la normativa y determinados asuntos específicos;

               garantizar la calidad de la redacción de los actos desde un punto de vista jurídico. 

(d)         En el ámbito de la política de información y comunicación: 

               preparar, redactar, publicar y difundir a los medios de comunicación y al público en general información sobre las actividades del Parlamento Europeo, incluida la redacción de comunicados de prensa, la asistencia e información a los representantes de los medios de comunicación, la asistencia a los diputados en sus relaciones con la prensa (conferencias de prensa, etc.);

               organizar y dirigir seminarios sobre temas europeos para multiplicadores de opinión;

               preparar y supervisar actividades de comunicación, incluido el diseño, la organización o la participación en actos para sensibilizar a la opinión pública, la organización y gestión de visitas (de grupos o de particulares), la impartición de charlas, el diseño y la adaptación de materiales de comunicación, etc.

(e)          En el ámbito de las TI, de la seguridad informática y de la seguridad: 

               contribuir a la definición de normas informáticas, realizar tareas de vigilancia tecnológica y proporcionar asesoramiento técnico en este ámbito;

               diseñar, definir, personalizar, aplicar y supervisar los procesos de gestión de los servicios informáticos y su mejora continua;

               desarrollar normas y políticas de seguridad informática y directrices para su aplicación, que abarquen a las personas, los bienes y la información;

               analizar todas las amenazas y riesgos para la seguridad relacionados con los intereses y actividades de las instituciones;

               aplicar procedimientos de evaluación de amenazas y análisis de riesgos en relación con especificaciones técnicas o procedimientos organizativos u operativos para sistemas complejos, incluidos los sistemas informáticos;

               llevar a cabo y supervisar la coordinación de los servicios de seguridad operativa, como la prevención y la vigilancia, los servicios de supervisión de guardias de seguridad y los servicios de escolta de dignatarios. 

(f)           En el ámbito de la gestión de proyectos:

               supervisar y coordinar proyectos específicos;

               preparar y facilitar la toma de decisiones de gestión proponiendo soluciones innovadoras;

               elaborar análisis, informes, notas, cartas, estadísticas y cualquier otro tipo de documento, incluidos proyectos de normas;

               contribuir a la redacción y el seguimiento de las convocatorias de licitaciones;

               acompañar a la alta dirección a reuniones y grupos de trabajo internos y externos o representarla en dichas reuniones y grupos, y participar en reuniones administrativas o presidir dichas reuniones. 

Estas tareas requieren la capacidad de encontrar soluciones adecuadas a problemas variados y a menudo complejos, de reaccionar con rapidez ante circunstancias cambiantes y de comunicar eficazmente. Las personas candidatas deben demostrar iniciativa, creatividad y una fuerte motivación. Deben ser capaces de influir en los demás, de trabajar intensamente, tanto de forma individual como en equipo, y de formar redes en un entorno de trabajo multicultural. Las personas candidatas también deben estar dispuestas a continuar su aprendizaje y desarrollo a lo largo de su carrera profesional.

 

3.       Condiciones de admisión 

En la fecha límite para la presentación de candidaturas deberá cumplir todas las condiciones de admisión generales y específicas que se enumeran a continuación: 

a)      Condiciones generales

De conformidad con el artículo 28 del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea, y de conformidad con el artículo 1, apartado 1, letra i), del anexo III del Estatuto, y teniendo en cuenta la Decisión de la Mesa, deberá:

–          ser nacional del Reino de los Países Bajos;

–          estar en pleno goce de sus derechos políticos;

–          encontrarse en situación regular respecto a las leyes de reclutamiento al servicio militar que le sean aplicables;

–          poder ofrecer las garantías de moralidad requeridas para el ejercicio de las funciones en cuestión. 

Nota: En este contexto, debe declarar bajo palabra de honor que es nacional del Reino de los Países Bajos, seleccionando «Países Bajos» como país en «Nacionalidades admisibles». También debe marcar la casilla de Apply4EP mediante la que declara ser «nacional de uno de los Estados miembros».

Más adelante se le pedirá que facilite una copia de su pasaporte neerlandés o de su documento nacional de identidad neerlandés.

b)      Condiciones específicas

i)       Títulos exigidos

Un nivel de formación correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios de tres años como mínimo, acreditado por un título reconocido oficialmente en uno los Estados miembros de los Unión Europea.

Los títulos, tanto si han sido expedidos en un Estado miembro como en un país no perteneciente a la Unión, deben estar reconocidos por un órgano oficial de un Estado miembro de la Unión, como el ministerio de educación.

Las personas candidatas que posean títulos expedidos en un país no perteneciente a la Unión deberán adjuntar a su solicitud una equivalencia de sus títulos en la Unión. Para obtener más información sobre el reconocimiento de cualificaciones obtenidas en un país no perteneciente a la Unión en las redes ENIC-NARIC, consulte el sitio web https://www.enic-naric.net. El tribunal tendrá en cuenta las diferencias entre sistemas educativos. En el cuadro que figura en la Guía destinada a las personas candidatas se recogen ejemplos de los títulos mínimos exigidos. No se admitirán al concurso las personas candidatas que no adjunten una equivalencia en la UE de sus títulos ni las personas candidatas con títulos que no hayan sido reconocidos por un órgano oficial de un Estado miembro de la Unión.

ii)      Experiencia profesional exigida

Tras obtener los títulos que dan acceso al concurso (véase el inciso i) anterior), deberá haber adquirido al menos dos años de experiencia profesional relacionada con las actividades enumeradas en la naturaleza de las funciones (es decir, en los ámbitos de trabajo: asesoramiento y apoyo a los diputados al Parlamento y a los órganos parlamentarios, gestión de recursos, Derecho, política de información y comunicación, TI, seguridad informática y seguridad, gestión de proyectos). Si bien la naturaleza de las funciones en la sección A.2 enumera tareas generales específicas para el trabajo de un/a administrador/a en la Secretaría General del Parlamento Europeo, el tribunal también examinará la pertinencia de la experiencia profesional adquirida fuera del Parlamento Europeo y de las instituciones de la UE. 

iii)     Conocimientos lingüísticos

Tener un conocimiento en profundidad (nivel C1 mínimo) del neerlandés (lengua 1), 

así como

un conocimiento satisfactorio (nivel B2 mínimo) de una de las demás lenguas oficiales de la Unión Europea (lengua 2): alemán, búlgaro, checo, croata, danés, eslovaco, esloveno, español, estonio, finés, francés, griego, húngaro, inglés, irlandés, italiano, letón, lituano, maltés, polaco, portugués, rumano y sueco.  

Los niveles mínimos exigidos se aplican a cada una de las competencias lingüísticas (expresión oral, expresión escrita, comprensión escrita y comprensión oral) mencionadas en el formulario de candidatura. Estas competencias reflejan las que figuran en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (https://europa.eu/europass/common-european-framework-reference-language-skills). Téngase en cuenta que el nivel C2 es el nivel más alto del marco, mientras que A1 es el nivel más bajo.

 

B. PROCEDIMIENTO

La autoridad facultada para proceder a los nombramientos elaborará una lista de personas candidatas que declaren que cumplen las condiciones establecidas en la letra a) de la sección A.3 de la convocatoria y que hayan presentado su expediente de candidatura de conformidad con las modalidades y plazos establecidos en la sección C de la convocatoria. Esta lista se enviará al presidente del tribunal.

El concurso se basa en pruebas. Consta de dos fases:

1.      Preselección (prueba de opciones múltiples por ordenador) y comprobación de la admisibilidad

a)      Preselección (prueba de opciones múltiples por ordenador)

b)      Comprobación de las condiciones de admisibilidad específicas

2.      Pruebas

a)      Prueba de redacción

b)      Entrevista

 

1.      Preselección (prueba de opciones múltiples por ordenador) y comprobación de la admisibilidad

a)         Preselección (prueba de opciones múltiples por ordenador)

Las personas candidatas cuyos nombres figuren en la lista de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos serán convocadas a la prueba de preselección en forma de una serie de preguntas de opciones múltiples por ordenador.

La prueba de opciones múltiples por ordenador se realizará en neerlandés (lengua 1).

La prueba de opciones múltiples por ordenador constará de un máximo de 40 preguntas destinadas a evaluar los conocimientos de las personas candidatas en los cuatro ámbitos siguientes: conocimiento de la Unión Europea, conocimiento del Parlamento Europeo, razonamiento verbal y razonamiento numérico. Las personas candidatas recibirán a su debido tiempo una muestra de preguntas antes de la fecha de la prueba.

Esta prueba durará 60 minutos como máximo y se llevará a cabo en línea. Las personas candidatas recibirán las instrucciones relativas a las pruebas a su debido tiempo. Las pruebas deberán realizarse en una fecha y con un horario determinados. Se informará a las personas candidatas de la duración exacta de la prueba cuando se les envíen la invitación y las instrucciones.

b)         Comprobación de las condiciones de admisibilidad específicas

El tribunal comprobará la admisibilidad específica de las personas candidatas que hayan obtenido la puntuación más alta en la prueba de opciones múltiples por ordenador. Esto se llevará a cabo en orden decreciente, empezando por los expedientes de las personas candidatas que hayan obtenido las puntuaciones más altas. El tribunal dejará de realizar las comprobaciones de admisibilidad cuando el número de personas candidatas que se considere admisibles alcance 4 veces el número de personas candidatas aptas que se pretende seleccionar. El tribunal admitirá a todas las personas candidatas admisibles ex aequo para la última plaza en la prueba de opciones múltiples por ordenador.

El tribunal elaborará una lista de personas candidatas que cumplan las condiciones de admisibilidad específicas establecidas en la sección A.3, letra b), de la presente convocatoria. Las personas candidatas de esta lista serán admitidas al concurso. El tribunal decidirá sobre la admisibilidad de una persona candidata comparando a) las declaraciones realizadas en el formulario de candidatura y b) los documentos cargados en el formulario de candidatura en Apply4EP en apoyo de dichas declaraciones.

El tribunal basará su decisión únicamente en la información facilitada en el formulario de candidatura y que estará respaldada por los documentos justificativos adjuntos al mismo. (Para más información, véase la Guía destinada a las personas candidatas).

 

2.         Pruebas

Todas las personas candidatas admitidas al concurso serán convocadas a la prueba de redacción. En esta fase, el tribunal invitará a las personas candidatas a que presenten pruebas documentales de su nacionalidad neerlandesa. Las personas candidatas que no presenten las pruebas necesarias quedarán excluidas del concurso.

a)        Prueba de redacción en neerlandés (lengua 1) basada en una serie de documentos, para comprobar la competencia de las personas candidatas a la hora de analizar y resumir información, así como su capacidad de redacción. No se elegirá el tema de la prueba escrita.  

Duración máxima de la prueba: 120 minutos

Puntuación: de 0 a 50 puntos

Mínimo exigido: 25 puntos 

La prueba se realizará en línea.

Las personas candidatas que hayan obtenido el mayor número de puntos en la prueba de redacción serán convocadas a la entrevista, siempre que hayan alcanzado el mínimo exigido en la prueba de redacción. El número máximo de personas candidatas convocadas a la entrevista será igual a 2 veces el número de personas candidatas aptas que se pretende seleccionar. En su caso, el tribunal convocará a todas las personas candidatas ex aequo para la última plaza.

b)        Entrevista en neerlandés (lengua 1) con el tribunal para evaluar la adecuación de las personas candidatas con respecto a las competencias básicas del Parlamento: mejora continua, mostrando flexibilidad, espíritu de equipo y colaboración, orientación a los resultados y fiabilidad. El tribunal también evaluará los conocimientos de la lengua 2 según lo indicado por las personas candidatas en el formulario de candidatura. 

Duración máxima de la prueba: 60 minutos

Puntuación: de 0 a 50 puntos

Mínimo exigido: 25 puntos 

            La prueba podrá realizarse en persona. 

Las personas candidatas recibirán las instrucciones relativas a las pruebas a su debido tiempo. Las pruebas deberán realizarse en una fecha y con un horario determinados. Si una persona candidata no responde a una invitación, no puede ser contactada por correo electrónico o no se presenta a una prueba, la persona candidata será descalificada, salvo en caso de fuerza mayor. Las personas candidatas deberán seguir las instrucciones al pie de la letra. Todo incumplimiento de las instrucciones o comportamiento no acorde con las instrucciones entrañará la inmediata descalificación. 

 

3.       Lista de aptitud

El tribunal elaborará una lista de aptitud con los nombres de las 90 personas candidatas admisibles que hayan obtenido las puntuaciones totales más altas en las pruebas, tal como se establece en la sección A.1 «Observaciones generales». Estas puntuaciones globales son el número total de puntos obtenidos en la prueba de redacción y en la entrevista con el tribunal que figuran en las secciones B.2, letras a) y b), respectivamente, siempre que la persona candidata haya alcanzado la puntuación mínima exigida en ambas pruebas. La lista podrá incluir a todas las personas candidatas ex aequo para la última plaza. Los nombres de las personas candidatas aptas aparecerán en la lista por orden alfabético.

La lista de aptitud será válida hasta el 31 de diciembre de 2027. Su validez podrá prorrogarse por decisión de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos. En caso de prórroga, las personas candidatas cuyos nombres se hayan incluido en la lista serán informadas al respecto en su debido momento.

Las personas candidatas seleccionadas serán informadas individualmente de sus resultados, y la lista de aptitud se publicará en el sitio web oficial del Parlamento Europeo. 

Las personas candidatas a quienes se les ofrezca un puesto deberán presentar posteriormente, para su comprobación, los originales de todos los documentos exigidos, incluidos títulos y certificados de trabajo.

La inclusión en una lista de aptitud no constituye ni un derecho ni una garantía de contratación. 

Es importante señalar que, tal como se establece en el artículo 3 («Contratación») de la Decisión de la Mesa, «[c]on el fin de garantizar el cumplimiento de la obligación de no reservar puestos de trabajo a nacionales de un Estado miembro determinado, prevista en el artículo 27 del Estatuto de los funcionarios, y sin perjuicio de los concursos organizados de conformidad con el artículo 29, apartado 3, del Estatuto, los candidatos seleccionados de las oposiciones organizadas en virtud del artículo 2 de las presentes disposiciones estarán en pie de igualdad con los aprobados de otras oposiciones organizadas por el Parlamento Europeo o la EPSO».

 

C. PRESENTACIÓN DE LAS CANDIDATURAS

Cómo presentar la candidatura:

Debe presentar su candidatura a través de la plataforma Apply4EP: https://apply4ep.gestmax.eu/search 

Se ruega a las personas candidatas que lean atentamente la Guía destinada a las personas candidatas a procedimientos de selección organizados por el Parlamento Europeo antes de rellenar el formulario de candidatura y aportar los documentos justificativos pertinentes.

Fecha límite para la presentación de las candidaturas:

El plazo límite para la presentación de las candidaturas es el 

12 de abril de 2024, a las 12.00 horas (mediodía), hora de Bruselas.

 

Se enviará automáticamente a cada persona candidata un acuse de recibo en el momento de la validación de su formulario de candidatura.

Solo debe comunicarse en relación con este concurso a través de su cuenta Apply4EP. Por favor, NO LLAME POR TELÉFONO para preguntar sobre este concurso. 

Recae en usted la responsabilidad de comprobar periódicamente el buzón de entrada de la dirección de correo electrónico que haya indicado en su cuenta Apply4EP.