Antes de presentar su candidatura, es necesario leer atentamente la Guía destinada a los candidatos adjunta al presente anuncio de contratación.
Esta guía, que forma parte integrante del anuncio de contratación, le ayudará a comprender las normas aplicables a los procedimientos de selección organizados por el Parlamento Europeo y las modalidades de inscripción.
ÍNDICE
A. NATURALEZA DE LAS FUNCIONES Y CONDICIONES DE ADMISIÓN
B. PROCEDIMIENTO
C. PRESENTACIÓN DE LAS CANDIDATURAS
ANEXO: GUÍA DESTINADA A LOS CANDIDATOS A PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN ORGANIZADOS POR EL PARLAMENTO EUROPEO
A. NATURALEZA DE LAS FUNCIONES Y CONDICIONES DE ADMISIÓN
1. Observaciones generales
El Parlamento Europeo ha decidido iniciar el procedimiento de provisión de un puesto temporal de asistente (AST 5) para las relaciones con las autoridades nacionales en el Gabinete del Secretario General.
Se trata de un contrato de duración indefinida. La contratación se efectuará en el grado AST 5, primer escalón, y el sueldo base será de 4 917,29 euros mensuales. Esta retribución estará sujeta al impuesto comunitario y a las demás retenciones establecidas en el Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea (véase el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n.º 259/68 del Consejo (DO L 56 de 4.3.1968, p. 1), modificado por el Reglamento (CE, Euratom) n.º 723/2004 del Consejo, de 22 de marzo de 2004 (DO L 124 de 27.4.2004, p. 1) y cuya última modificación la constituye el Reglamento (UE, Euratom) n.º 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y el régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea (DO L 287 de 29.10.2013, p. 15). La retribución estará exenta del pago de impuestos nacionales. El escalón en que se contrate al candidato seleccionado podrá ajustarse en función de su experiencia profesional. Además, al sueldo base se podrán añadir, en determinadas condiciones, las indemnizaciones correspondientes.
La contratación de agentes temporales tiene por objeto garantizar a la institución los servicios de personas que posean las más altas cualidades de competencia, rendimiento e integridad, seleccionadas según una base geográfica lo más amplia posible entre los nacionales de los Estados miembros de la Unión.
El Parlamento Europeo practica una política de igualdad de oportunidades y acepta las candidaturas sin discriminación por motivos de género, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad, orientación sexual, estado civil o situación familiar.
2. Naturaleza de las funciones
El asistente para las relaciones con las autoridades nacionales trabajará en el Gabinete del Secretario General y será responsable del contacto con las autoridades nacionales y regionales principalmente de los tres Estados que acogen los lugares de trabajo del Parlamento Europeo, es decir, Francia, Luxemburgo y Bélgica. El cometido principal del asistente consistirá en preparar, apoyar y hacer el seguimiento de los grupos de trabajo con las autoridades nacionales y regionales de carácter administrativo y político en numerosos ámbitos de actividad del Parlamento. El asistente también deberá:
- redactar correspondencia, sobre todo en francés, dirigida a las autoridades regionales y nacionales, también al más alto nivel,
- gestionar los acuerdos de asociación y los visitantes,
- tratar con las asociaciones dedicadas a asuntos europeos, en especial las de Francia, Bélgica, Luxemburgo y las regiones fronterizas de Alemania.
En este contexto, se requieren sólidas capacidades organizativas. Se valorará la experiencia previa en un contexto internacional y especialmente la adquirida en un Parlamento. Habida cuenta de que el puesto implica numerosos contactos internos y externos, el agente deberá tener una excelente capacidad de redacción, un desarrollado sentido de la diplomacia, gran facilidad de comunicación y muy buenas aptitudes interpersonales.
El agente estará destinado en Bruselas, pero podrá ser transferido a uno de los otros lugares de trabajo del Parlamento. Será necesario viajar periódicamente entre los tres lugares de trabajo del Parlamento (Bruselas, Luxemburgo y Estrasburgo), así como a otros lugares.
Las principales funciones serán las siguientes:
- preparar, apoyar y hacer un seguimiento de las actividades de los grupos de trabajo con las autoridades nacionales y regionales, en especial las de Francia, Luxemburgo y Bélgica, y transmitir información con origen y destino en la jerarquía superior;
- establecer contactos y relaciones con las autoridades nacionales y regionales, en especial de Francia, Luxemburgo y Bélgica;
- prestar asistencia a los grupos de trabajo con las autoridades nacionales y regionales en diversas tareas administrativas, en particular en la redacción de actas;
- preparar, apoyar y concluir las negociaciones de acuerdos administrativos con autoridades nacionales o regionales, además de con asociaciones que se ocupan de asuntos europeos, en especial de Francia, Luxemburgo, Bélgica y las regiones fronterizas de Alemania;
- constituir expedientes de acuerdo con los procedimientos establecidos, en formato papel o en formato electrónico, y entregar los expedientes completos a las autoridades responsables de la toma de decisiones, si procede, con la información de referencia pertinente;
- hacer el seguimiento de las decisiones, proporcionar información en respuesta a las consultas sobre la evolución de los asuntos, elaborar resúmenes, a menudo con plazos muy ajustados;
- organizar visitas, acoger a visitantes y llevar a cabo otras tareas específicas en el ámbito de actividades del servicio.
Para la realización de estas tareas se requieren las siguientes competencias:
- capacidad de organización y planificación
- capacidad de análisis y de comprensión
- un enfoque meticuloso
- aptitudes interpersonales y de trabajo en red
- confidencialidad y discreción
- buen rendimiento bajo la presión de los plazos
- tacto y diplomacia
3. Condiciones de admisión
En la fecha en que termine el plazo fijado para la presentación de candidaturas, los candidatos deben cumplir las siguientes condiciones:
a) Condiciones generales
De conformidad con el artículo 12, apartado 2, del ROA, los candidatos deben:
- ser nacionales de uno de los Estados miembros de la Unión Europea,
- estar en pleno goce de sus derechos civiles,
- encontrarse en situación regular respecto a las leyes de reclutamiento al servicio militar que les sean aplicables,
- ofrecer las garantías de moralidad requeridas para el ejercicio de sus funciones.
b) Condiciones específicas
(i) Cualificaciones y capacidades requeridas
Los candidatos deberán poseer:
- un nivel de estudios superiores acreditado por un título,
o
- un nivel de educación secundaria acreditado por un título que dé acceso a estudios superiores, seguido de al menos tres años de experiencia profesional relacionada con la naturaleza de las funciones. Estos tres años de experiencia no se tendrán en cuenta para la evaluación de la experiencia profesional exigida más abajo.
El comité de selección tendrá presentes las distintas estructuras educativas de los Estados miembros. En el cuadro que figura en la Guía destinada a los candidatos a procedimientos de selección organizados por el Parlamento Europeo se hallan ejemplos de las cualificaciones mínimas exigidas.
(ii) Experiencia profesional exigida
Los candidatos deben haber adquirido una experiencia profesional de al menos cinco años, relacionada con la naturaleza de las funciones especificadas en la sección A.2, tras la obtención de las cualificaciones descritas más arriba. Se valorará la experiencia previa en un contexto internacional y especialmente la adquirida en un Parlamento.
(iii) Conocimientos lingüísticos
Los candidatos deben tener un profundo conocimiento (nivel C1) de una de las lenguas oficiales de la Unión Europea (lengua 1): alemán, búlgaro, checo, croata, danés, eslovaco, esloveno, español, estonio, finés, francés, griego, húngaro, inglés, irlandés, italiano, letón, lituano, maltés, neerlandés, polaco, portugués, rumano y sueco,
y
un profundo conocimiento (nivel C1) del francés (lengua 2). La lengua 2 debe ser diferente de la lengua 1. Si la lengua 1 es el francés, será necesario tener un conocimiento satisfactorio (nivel B2) de una de las otras 23 lenguas oficiales de la Unión.
Se valorará el conocimiento de alemán o neerlandés.
Ha de tenerse presente que estos niveles mínimos que se exigen se aplican a cada una de las aptitudes lingüísticas (hablar, escribir, leer, escuchar) mencionadas en el impreso de candidatura. Estas aptitudes reflejan las que figuran en el Marco europeo común de referencia para las lenguas (https://europass.cedefop.europa.eu/es/resources/european-language-levels-cefr).
Se informa a los candidatos de que el requisito de conocimientos lingüísticos, es decir, un conocimiento profundo del francés, se ha determinado en función de los requisitos específicos del puesto.
En concreto, el francés es la principal lengua de comunicación con las autoridades nacionales y regionales de los tres Estados donde se encuentran los lugares de trabajo del Parlamento Europeo (Francia, Bélgica y Luxemburgo), además de una de las lenguas más utilizadas en la comunicación interna del Parlamento Europeo. Por lo tanto, para desempeñar sus funciones, tal como se describen en la sección A.2, y garantizar el correcto funcionamiento del servicio, el agente temporal contratado debe ser capaz de trabajar y comunicarse eficazmente en francés.
Se valora el conocimiento de alemán o neerlandés, puesto que esta última lengua puede ser necesaria en la comunicación con las autoridades belgas y el alemán, en la comunicación con las autoridades luxemburguesas y las asociaciones que se ocupan de asuntos europeos en las regiones fronterizas alemanas.
Por otra parte, en aras de la igualdad de trato, todos los candidatos, incluidos aquellos cuya primera lengua oficial sea el francés, deben tener un conocimiento satisfactorio de una segunda lengua, que deberá ser otra de las lenguas oficiales de la Unión.
B. PROCEDIMIENTO
1. Admisión al procedimiento de selección
El procedimiento se basará en títulos y pruebas.
El comité de selección examinará la candidatura de los candidatos que
- reúnan las condiciones generales de admisión y
- hayan presentado su candidatura con arreglo a las modalidades establecidas y dentro del plazo indicado,
teniendo presentes las condiciones específicas de admisión.
Se admitirá al procedimiento de selección a los candidatos que reúnan las condiciones específicas de admisión.
El comité de selección se basará exclusivamente en los datos indicados en el impreso de candidatura, que debe ir acompañado de documentos justificativos (para más información véase la Guía destinada a los candidatos a procedimientos de selección organizados por el Parlamento Europeo).
2. Evaluación de las cualificaciones
El comité de selección, sobre la base de una tabla de puntuaciones establecida previamente, procederá a evaluar las cualificaciones de los candidatos admitidos al procedimiento de selección y constituirá la lista de los doce mejores candidatos, que serán convocados a la prueba escrita.
Al evaluar las cualificaciones de los candidatos, el comité de selección tendrá especialmente en cuenta los siguientes aspectos (que deberán ir acompañados de documentos justificativos adjuntos al expediente de candidatura):
- cualificaciones y títulos adicionales relacionados con la naturaleza de las funciones,
- experiencia en la constitución de expedientes,
- experiencia en la redacción de cartas, notas, resúmenes y actas en francés,
- experiencia en las relaciones con las autoridades nacionales y regionales,
- experiencia en la prestación de asistencia en tareas administrativas y en el seguimiento de las decisiones,
- experiencia profesional en un entorno multicultural y multinacional.
Puntuación: de 0 a 20 puntos.
3. Pruebas
Prueba escrita
a) Prueba de redacción en francés, a partir de un expediente, destinada a evaluar la capacidad de los candidatos para ejercer las funciones descritas en la sección A.2, así como para comprender los requisitos operativos, aportar soluciones y prestar apoyo a los usuarios finales.
Duración de la prueba: 90 minutos
Puntuación: de 0 a 20 puntos (puntuación mínima exigida: 10 puntos).
La prueba puede ser a distancia y en línea (por ordenador).
Se convocará a las pruebas orales a los seis candidatos que obtengan la puntuación más alta, siempre que hayan alcanzado la puntuación mínima exigida.
Pruebas orales
b) Entrevista con el comité de selección en francés destinada a evaluar, teniendo presente toda la información incluida en el expediente de candidatura, la idoneidad de los candidatos para el ejercicio de las funciones descritas en la sección A.2. El comité de selección podrá decidir poner a prueba los conocimientos lingüísticos descritos en el impreso de candidatura.
Duración de la prueba: 45 minutos
Puntuación: de 0 a 40 puntos (puntuación mínima exigida: 20 puntos).
Esta prueba puede ser a distancia y en línea (por ordenador).
c) Prueba consistente en un juego de roles o un ejercicio en grupo en francés, que permita al comité de selección evaluar la capacidad de adaptación y negociación de los candidatos, así como sus aptitudes interpersonales.
Duración de la prueba: 25 minutos
Puntuación: de 0 a 20 puntos (puntuación mínima exigida: 10 puntos).
Esta prueba puede ser a distancia y en línea (por ordenador).
Recibirá a su debido tiempo las instrucciones relativas a las pruebas escritas y orales. Las pruebas deberán realizarse en una fecha y con un horario determinados. Si usted no responde a una convocatoria, no está localizable por correo electrónico o no se presenta a una prueba, será descalificado. Deberá usted seguir al pie de la letra las instrucciones impartidas. Todo incumplimiento de las instrucciones o comportamiento no acorde con las instrucciones entrañará su inmediata descalificación.
4. Lista de aptitud
En la lista de aptitud figurarán, por orden de mérito, los nombres de los tres candidatos que hayan obtenido la puntuación global más alta en el procedimiento (evaluación de cualificaciones y pruebas) y que hayan obtenido la puntuación mínima exigida en cada una de las pruebas.
Los candidatos serán informados individualmente por escrito de sus resultados,
y la lista de aptitud se publicará en la intranet del Parlamento Europeo.
El período de validez de la lista de aptitud expirará el 31 de diciembre de 2024. No obstante, dicho período de validez podrá prorrogarse. En caso de que se prorrogue, se avisará con la debida antelación a los candidatos inscritos en la lista.
Se recuerda que los candidatos a quienes se ofrezca un puesto deberán presentar posteriormente, para su comprobación, los originales de todos los documentos exigidos, incluidos títulos y certificados de trabajo.
La inclusión en una lista de aptitud no constituye ni un derecho ni una garantía de contratación.
C. PRESENTACIÓN DE LAS CANDIDATURAS
Para presentar su candidatura, los candidatos deben tener una cuenta de la plataforma APPLY4EP: https://apply4ep.gestmax.eu/search/index/lang/es_ES. Solo podrán crear una ÚNICA cuenta. Para ello, deberán clicar en la pestaña «Presentar en línea la candidatura» que se encuentra al final de la página.
Se ruega a los candidatos que lean atentamente la Guía destinada a los candidatos a procedimientos de selección organizados por el Parlamento Europeo antes de rellenar el impreso de candidatura y aportar los documentos justificativos pertinentes.
Plazo límite para la presentación de las candidaturas:
30 de septiembre de 2021, a las 12.00 horas (mediodía), hora de Bruselas.
Se enviará automáticamente a cada candidato un acuse de recibo en el momento de la validación de su impreso de candidatura.
Se ruega a los candidatos que NO LLAMEN POR TELÉFONO para solicitar información sobre el calendario del procedimiento.